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Ismael Pérez Vigil

Legalidad del voto en el exterior

Ismael Pérez Vigil

La Comisión Nacional de Primaria (CNdP) inició esta semana el proceso de actualización del Registro Electoral (RE) para que los venezolanos, residentes en el exterior e incluidos en dicho registro, puedan participar en la Elección Primaria del 22 de octubre (22-O); no entraré en detalles acerca del proceso telemático −al cual se puede acceder con este vínculo: www.primariaexteriorve.com−, pero sí creo necesario repasar algunos conceptos involucrados en este tema.

El Reglamento Marco.

La Elección Primaria del 22 de octubre se rige, fundamentalmente, por el Reglamento Marco (RM) de la Primaria y por los reglamentos y normas que ha definido la CNdP; pero también se tiene que tener en cuenta el marco jurídico del país, para evitar que, por descuido o por mala intención, se emprenda contra la Primaria alguna acción judicial que la entorpezca o paralice.

En materia de voto en el exterior lo establecido en el RM es muy escueto; apenas señala en el artículo cinco que la CNdP: “… en el marco de sus atribuciones, promoverá los mecanismos viables a los efectos de la participación de los electores en el exterior.” (Subrayado mío). A tales efectos, la CNdP, desde el principio insistió en dos puntos: uno, que era necesario conocer, evaluar, la situación real de los venezolanos en el exterior, su número, su ubicación, a los fines de procurar su participación y que una manera de hacerlo sería actualizar el Registro Electoral (RE); y dos, que realizada esa tarea, se procedería a organizar, sin la participación o asistencia técnica de ningún órgano nacional o internacional, la votación en el exterior, y que ésta sería presencial y manual, que es una exigencia o requisito planteado por todos, sin excepción, los factores políticos y candidatos dispuestos a participar en el proceso. Eso es lo que la CNdP decidió y plasmó en su Reglamento de Voto en el Exterior.

Esas normas recogen un mandato expreso del RM, que en el mismo artículo cinco, dice: “Son electores todos los venezolanos, mayores de edad, que con base en el Registro Electoral estén debidamente inscritos en la fecha de corte que establezca la CP…”; esta norma la reitera el RM en varios artículos más, particularmente en el Título III. Por otra parte, es bueno recordar o aclarar que el RE es la única base pública de información, disponible, a la que todos tenemos acceso y en donde consta nombre, cedula, dirección, fecha de nacimiento y otros datos, que nos permiten cotejar la información que presente el elector, al momento de actualizar su registro. Hay otras bases de datos sobre los venezolanos, pero no son públicas y por lo tanto, su utilización podría provocar cualquier impugnación, que no podríamos justificar y defender. Sabemos bien las deficiencias y limitaciones del RE, pero recordemos que sobre las otras bases de datos también se han señalado algunas limitaciones, que tampoco las hacen confiables.

El Reglamento del Voto en el exterior de la CNdP.

Con las escuetas normas del RM y la referencia a las leyes nacionales que aplican sobre la materia, la CNdP procedió a establecer sus normas, que buscan corregir algunas deficiencias notables, en materia de garantizar a los venezolanos en el exterior dos derechos básicos: el derecho a la identidad y el derecho al voto.

Con base en el mandato establecido en el artículo seis del RM, que dice que la CNdP: “Promoverá también la reubicación de los electores o electoras inscritos en lugares distintos a aquel donde viven.”, este organismo decidió proceder a la actualización del RE de los venezolanos en el exterior, con base en todo el registro, no solamente el de los que están registrados para votar en el exterior, sino de todo venezolano que se fue al exterior y está inscrito para votar en Venezuela.

Se interpretó también de manera flexible el articulo Artículo 44 del RM, que establece que: “El único documento de identidad válido para votar es la cédula de identidad laminada, vigente o no.”, con base en el hecho real que este documento, del que carecen muchos venezolanos, no puede ser obtenido en el exterior; se aceptó para los actos de actualización y votación, la utilización del pasaporte, vigente o no, siempre y cuando esté documento tenga impreso el numero de la cedula de identidad, que permite ubicar y constatar que el elector efectivamente está en el RE. De igual manera, no se tomó en cuenta, por considerar discriminatorio, exigir a ningún venezolano prueba alguna o constancia de su estatus regular en el exterior, bastando su condición de venezolano, mayor de 18 años −que establece el artículo 64 de la Constitución− y que esté registrado para votar, como lo establece el artículo 41 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE).

La actualización del RE.

Con estos criterios, se definió la forma de “actualización” del RE, en el reglamento de la CNdP, mediante un método telemático, a través de una página Web, con garantías de verificación y auditabilidad, que será presenciado por testigos de los candidatos. Pero, se debe hacer la expresa aclaratoria que esta actualización será solo para efectos de la elección primaria del 22-O, no para la elección presidencial de 2024, pues no se modificará el RE, que es facultad exclusiva del CNE, a través del Registro Civil, según lo establecen los artículos 27 y 29, de la LOPRE y regula el Título III de la misma ley. De esta manera, es que la CNdP está haciendo efectivo el derecho al voto, al menos en teoría, de todos los venezolanos que vivan en cualquier parte del mundo, distinta a Venezuela para que puedan actualizar su RE y ejercer el derecho al voto en alguno de los Centros/Ciudades de Votación que la CNdP ha dispuesto. Dije en teoría, pues serán los votantes quienes en la práctica harán efectivo su derecho al voto, actualizando su RE para votar el 22-O.

Votación en 81 ciudades del mundo.

La aspiración y deseo es que todo venezolano, en cualquier parte del mundo, pueda ejercer sus derechos políticos. Pero la CNdP no solo debe velar y proteger los derechos de los electores, sino también los derechos de los elegidos, candidatos y los factores políticos que los promueven; y, además, debe asumir esas tareas con responsabilidad y con base en las capacidades reales que puede desplegar. Por tanto hay que rechazar la afirmación de que con la selección de 81 ciudades como probables centros de votación, se esté negando el derecho al voto de los venezolanos que no viven en esas ciudades; por el contrario, con la decisión de la actualización telemática del RE y la posibilidad de votar en esas 81 ciudades, se le está posibilitando el derecho a votar a varios millones de venezolanos, a quienes se les niega al no abrir el RE en los consulados, al no modificar el artículo 124 de la LOPRE, o al no declarar inconstitucional u ordenar la desaplicación de esa norma que establece condiciones inconstitucionales al exigir como requisito para votar la residencia “regular o legal” en el exterior. Se condiciona de esa manera a leyes de otro país, el derecho político del voto de los venezolanos.

Así como no es posible abrir centros y mesas de votación en cada pueblo de Venezuela, no es posible tampoco poner centros de votación y mesas de votación en cualquier parte del mundo, en donde resida algún grupo de venezolanos. Por eso se escogierón 81 Ciudades/ Centros de Votación sobre las cuales se tiene información cierta y confiable de la alta concentración de venezolanos, o que hay cerca de ellas una alta concentración y facilidades de acceso y movilización; y, además, en donde se sabe que se podría contar con grupos de venezolanos organizados, que −con recursos propios− puedan apoyar el esfuerzo de instalar centros y mesas de votación.

Conclusiones.

En conclusión, la CNdP tiene una responsabilidad de la que debe rendir cuentas y solo se puede comprometer a aquello que puede garantizar. Con esta decisión y la forma de organizar el voto en el exterior, no solo no se conculca ningún derecho, sino que −como dije más arriba− se le está garantizando y promoviendo para todos los venezolanos en el exterior, que puedan ejercer ese derecho en alguna de las Ciudades/Centros de Votación, que según la información disponible concentran una población de venezolanos que supera los 6,5 millones y se estima que más de 3 millones están en edad de votar y registrados en el Registro Electoral.

La Comisión Nacional de Primaria está abriendo la oportunidad a millones de venezolanos en el exterior para que actualicen su registro electoral, ejerzan su derecho al voto en la Primaria del 22 de octubre y que éste sea un paso firme para rescatar su derecho político a participar en la elección presidencial de 2024.

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UCV, 26 de mayo

Ismael Pérez Vigil

Todavía tengo ese embotamiento, esa perplejidad y angustia, similar a la que produce la pérdida de un amigo muy entrañable, muy querido, la de un familiar muy cercano. Así me siento a una semana de lo ocurrido en la UCV en la frustrada y frustrante elección del 26 de mayo. Sí, siento como una pérdida lo ocurrido, creo que todos en el país perdimos algo, una gran oportunidad, por lo menos. Y no piensen que voy a hacer algún análisis o enredarme en algunas de las discusiones que están planteadas.

Llegué antes de las 11:00 de la mañana a la universidad ese día y estuve más de una hora dando vueltas para estacionar, cuando finalmente lo pude hacer me dirigí hacia la facultad para votar, contento y animado por lo que veía: el gentío, las enormes colas que se habían formado. Aunque me comenzó extrañar que a esa hora todavía fueron tan largas las filas y que parecían no moverse mucho. De camino a la facultad atravesé la Tierra de Nadie y allí me conseguí con Humberto Rojas, uno de los candidatos a Rector a quien conozco desde hace muchos años y me acerqué a saludarlo y hablar con él; le pregunté sonreído, alegre, como estaban las cosas y cuando me dijo: “Esto es un desastre…” pensé que me estaba tomando el pelo, pero debo haber palidecido, porque Humberto no es dado a esas bromas, y me fue explicando lo que estaba ocurriendo.

Yo no podía creer que eso fuera posible; la especulación sobre las causas de la demora rodaba por todas partes y había todo tipo de versiones; pero, en aquella muchedumbre en la universidad, haciendo fila para votar, de excelente humor, nadie hacía un gesto de que pensara irse. Nos mirábamos como atontados, sin saber ni entender lo que estaba pasando y de manera absurda, por lo que ya se sabía, nos metíamos en las filas para ir a votar, aun cuando ya corría la información de que no había material, que el proceso había fallado y que las autoridades estaban considerando la posibilidad de diferirlo o suspenderlo. Pero nadie se movía. Después de tantos años esta oportunidad era demasiado importante, para la universidad, para el país, como para pensar que todo se estaba derrumbando.

Viendo aquel gentío movilizado para votar, resultaba insólito pensar y aceptar lo que había pasado. Vistas las cosas ahora, sabiendo lo que ahora sabemos, resulta todavía más inexplicable porque las autoridades de la Comisión Electoral no suspendieron el proceso sabiendo, como aparentemente sabían, que el material electoral no estaba completo, que era difícil que llegara a todas las mesas. Que los votantes nos quedáramos allí, esperando algún milagro, algún acto de magia, era comprensible, son muchos años esperando este momento; pero, no era comprensible que las autoridades electorales no suspendieran ese proceso a las dos horas de haberse iniciado, a las 10:00 de la mañana y pasar el trago amargo en ese momento, en vez de esperar seis u ocho horas para suspender el proceso de todas maneras; ya sabían que el material no iba a estar disponible.

Cuando hay vacíos, información incompleta, ese vacío, esa información incompleta se llena con lo que se consigue, con rumores, con suposiciones, con versiones, o noticias falsas o medio verdaderas, con lo que sea. Si las autoridades electorales designadas por el Consejo Universitario, o el propio Consejo, no informaban, no es de extrañarse que el vacío se llenara con cualquier información y a estas alturas −una semana después− todavía no se sabe cuál es la información completa de lo que allí ocurrió. De nada sirve analizar el pasado conjugándolo con verbos que suenan a futuro y a condicionales: “… que hubiera pasado sí…”. Ahora, hoy, ¿Qué podemos pensar hacia adelante, hacia lo más inmediato, acerca de lo que podrá ocurrir la próxima vez que se monten las mesas? Como evitar que vuelva a ocurrir el 26 de mayo.

Por eso se debe explicar a la comunidad universitaria, claramente y completamente, que fue lo que paso. No bastan lacónicas explicaciones, a través de tuits, de la Comisión Electoral, porque si las interrogantes no se resuelven y las versiones continúan rodando, las preguntas siguen taladrando el ánimo. Son demasiadas preguntas, se necesitan más respuestas, es demasiado importante lo que está en juego.

Ahora nos enfrentamos a la incertidumbre, del futuro y de lo inmediato: ¿Qué va a ocurrir la próxima vez, el 9 de junio? Los candidatos ponen las ideas y los programas, los electores universitarios ponemos el entusiasmo y los votos; pero, alguien tiene que poner las sillas y los platos en la mesa para todos los comensales, los más de 220 mil convocados, o los 30 mil, o el número que sea que vayamos a concurrir. Hay que asegurar que se podrá subsanar todo para ese día, para que se vuelva a movilizar el gentío, dejando atrás el trago amargo y la frustración del 26 de mayo. Sin duda es una herida que se debe restañar. Que tiene que cicatrizar bien, aunque de vez en cuando duela.

De todas formas, el 9 de junio “…yo pisaré las calles nuevamente… (y) …me sentaré a llorar por los ausentes”

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Pacto en la Primaria 2023

Ismael Pérez Vigil

El próximo 5 de junio se inicia el período de Postulaciones de los candidatos que participarán en la elección primaria a celebrarse el 22 de octubre, de acuerdo con la reciente decisión de la Comisión Nacional de Primaria (CNdP) que prorrogó el inicio del Período de Postulaciones que estaba previsto para iniciarse el 24 de mayo.

Ya hemos hablado de los requisitos que deben cumplir los que aspiran a ser el candidato unitario de la oposición democrática a la Presidencia de la República para la próxima elección presidencial (https://bit.ly/3OuMbtg), corresponde ahora tratar el tema de cuál debe ser la conducta de esos candidatos −y sus seguidores−, para que todo discurra en armonía democrática y efectivamente salgamos con un candidato unitario.

Desde luego que la actitud de los candidatos durante el proceso que se desarrolle desde ahora y especialmente durante la campaña electoral hasta el día de la elección, es el elemento fundamental. Para que esto sea así, el Reglamento Marco (RM) de la Primaria y el Reglamento de Propaganda de la CNdP, definen unas normas muy sucintas y simples.

Principios del Reglamento Marco.

El principio fundamental es que todos los participantes, especialmente los candidatos, se comprometan a “…acatar las decisiones e instructivos de la CP, como órgano rector de la Primaria, a reconocer los resultados que esta proclame y a apoyar a quien resulte ganador.” (Art. 8.6 del Reglamento Marco). De igual manera el RM establece como atribuciones de la CNdP “…18. Vigilar el correcto desarrollo de las campañas electorales, dictar normas complementarias sobre la campaña electoral y aplicar cuando corresponda las sanciones allí previstas… 19. Exigir a los candidatos mantener una conducta enmarcada en los principios y valores de la competencia leal y democrática.” (Art. 16 del RM)

En el artículo 33 del mismo Reglamento se establece también, de una manera muy sencilla, los principios fundamentales que regirán la campaña electoral, y que ésta “… deberá realizarse conforme a los principios de convivencia, igualdad, respeto a las otras candidaturas y reglas acordadas, consideración por la ciudadanía, austeridad y equilibrio.”; y en el artículo 35 se establecen las condiciones y prohibiciones del proceso, de las cuales vale la pena recordar, el numeral 2: “No se permitirá la propaganda que atente contra la dignidad de las personas, ofenda la moral pública, ni que tenga por objeto promover la desobediencia de la Constitución y las leyes. No podrán utilizarse, con fines de propaganda electoral, los símbolos o la imagen de otro candidato sin su autorización.”

Reglamento de la Campaña Electoral de la CNdP.

Con base en esas normas del Reglamento Marco, la CNdP dictó recientemente las que podríamos llamar normas de conducta a seguir por los candidatos, que se recogen en el “Reglamento en materia de Propaganda, Publicidad y Mensajes Electorales en la Campaña Electoral de la Elección Primaria de 2023”, o Reglamento de Propaganda (RdP), del que destaco el enunciado del artículo 5, que repite la norma del RM: “La campaña electoral deberá realizarse conforme a los principios de igualdad, convivencia, respeto mutuo y consideración a las otras candidaturas y a la ciudadanía, observancia de las reglas acordadas, austeridad y equilibrio…”, y establece las directrices a seguir, que resumo a continuación:

“Equidad entre los participantes… Atenerse a la buena fe y a la verdad, abstenerse de promover noticias falsas…Rechazar todo tipo de violencia y no incitarla… Respetar el derecho de los electores a obtener información objetiva, veraz y oportuna… Respetar el derecho de los medios de comunicación a cubrir las campañas y difundir información… Facilitar el trabajo de los observadores electorales… Respetar la dignidad, privacidad, honra y reputación de personas y candidatos…Respetar las ideas, el pluralismo político y promover la transparencia, convivencia pacífica, la democracia y los derechos humanos... Respetar las instituciones.”

Sanciones morales.

Desde luego, la CNdP establece algunos mecanismos y sanciones para que esto se cumpla y para: “Procurar que los candidatos mantengan durante la campaña electoral una conducta enmarcada en los principios y valores de la competencia leal y democrática.” (Art. 8.d, del RdP); estas sanciones básicamente comprenden “… exhortaciones públicas o requerimientos individuales, dirigidos al autor del contenido inapropiado, destinados a recuperar el clima de tolerancia y mutua consideración entre los aspirantes que debe caracterizar la Primaria.” (Art. 9 del RdP), igualmente “…amonestación verbal o escrita…” (Art. 29 del RdP), “…suspensión temporal de la propaganda electoral…” (Art. 30 del RdP), y en caso de reincidencia grave, hasta la “…la descalificación de dicho candidato, no pudiendo mantener su candidatura en la elección Primaria.”

Por supuesto, esperamos que la simple advertencia de la CNdP de quebrantamiento de alguna norma, con lo que eso significa de sanción moral, sea suficiente para que se corrija de inmediato cualquier conducta inconveniente para el desarrollo del proceso, por parte de los candidatos o sus seguidores.

Pacto de Respeto y No Agresión.

Sin embargo, más eficaz que cualquier medida correctiva o sancionatoria, que la CNdP pueda definir, es el compromiso que los propios candidatos asuman, a solicitud de los propios electores, los ciudadanos, los venezolanos, que aspiran a un cambio político en el país, que nos libre del oprobio que padecemos.

En ese sentido, vale la pena destacar la iniciativa de un Pacto de Respeto y No Agresión para los Candidatos de la Primaria 2023, que fue presentado recientemente a la CNdP por Aixa Armas y el magistrado emérito, Román Duque Corredor, en nombre de las Asociaciones Civiles Mujer y Ciudadanía y Espacio Civil, participantes del Diplomado de Formación Política y Ciudadana de la Universidad Monte Ávila, que persigue «elevar el nivel de debate» entre los aspirantes a candidatos de la Primaria 2023.

Se trata de un documento simple y directo, que lo pueden ver en: https://bit.ly/3N1XIiQ

Según sus proponentes, la justificación del documento se basa en la preocupación por “…el inadecuado ejercicio de la comunicación efectiva entre líderes políticos y sociales en los diferentes ámbitos de la vida pública, el uso de calificativos peyorativos y estigmatizados que afectan directamente el debate político constructivo, lo cual desencadena en divisiones que afectan directamente la cotidianidad de toda la población, sobre la cual recaen las decisiones y políticas públicas”. Y establece que su base jurídica, no es otra que la Constitución Nacional (Artículos 2, 3, 5, 62 y 70), que “…constituyen a nuestro país en un Estado democrático y social de Derecho y justicia” (Art. 2 de la Constitución)

Compromiso en siete puntos.

Tras unos breves considerandos, proponen a quienes firmen el pacto que se comprometan en siete puntos, que podemos resumir de la siguiente manera:

1. Abstenerse de recurrir a la descalificación, falsedad, violencia física, moral y de género, y a intimidar, denigrar, discriminar o injuriar a otros contendientes, y procurar un lenguaje de respeto, reconciliación y reconocimiento del adversario político, en cada uno de los actos de la campaña.

2. Dar a conocer los acuerdos de gobernabilidad, propuestas y programas de gobierno, a través de los diferentes medios de comunicación, redes sociales y canales institucionales que facilite la CNdP.

3. Mantener un debate de alto nivel, basado en propuestas políticas, administrativas y programáticas; y propiciar que las ideas y los argumentos sean la base del diálogo.

4. Evitar que cualquiera de sus simpatizantes, seguidores o allegados, perjudique el normal desarrollo de la campaña electoral y que, por el contrario, desarrollen una campaña política pacífica, incluyente y sin discriminación.

5. Acatar y respetar el resultado de la Primaria, que anuncie la CNdP.

6. Rechazar públicamente y denunciar ante las autoridades competentes, con pruebas fidedignas, todo lo que afecte el ejercicio de la participación política, los valores democráticos y la transparencia durante este ejercicio electoral.

7. Promover y fomentar el ambiente necesario que estimule la participación electoral y la movilización política y ciudadana.

Conclusión.

Todos los venezolanos aspiramos a que este documento sea firmado por los candidatos que participarán en el proceso de Primaria y que hagan del mismo un verdadero ejercicio de democracia y tolerancia, que modele las características del cambio político que la oposición democrática le propone al país.

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Candidatos de la Primaria.

Ismael Pérez Vigil

A pesar del título del artículo no me voy a referir a ninguno de los candidatos −más exactamente: precandidatos−, algunos de los cuales ya recorren el país contactando a sus seguidores, a pesar de que la campaña electoral no ha comenzado. De todas maneras, aun no son candidatos, luego no se infringe ninguna norma.

Requisitos.

El 18 de mayo la Comisión Nacional de Primaria (CNdP), en su cuenta Twitter publicó los requisitos para ser candidato en la Primaria (https://bit.ly/42PColS), que son los mismos que establece el Reglamento Marco y el respectivo Reglamento de Postulaciones, dictado por la CP. (ver https://bit.ly/44Th6p0). Son ocho los requisitos y vale la pena recordarlos:

1. Ser venezolano por nacimiento y sin otra nacionalidad.

2. Ser mayor de 30 años de edad.

3. Demostrar un compromiso por la libertad, la democracia, el respeto de los DDHH, la libertad de los presos políticos y el regreso de los exiliados.

4. Suscribir la declaración de principios democráticos que le presente la CNdP.

5. Haber suscrito el programa mínimo de gobierno, acordado precisamente.

6. Acatar las decisiones, reglamentos e instructivos de la CNdP.

7. Contribuir con los costos del proceso de conformidad con lo que establece la CNdP

8. Para la postulación por iniciativa propia, deberá tener la firma de al menos el 5% de los inscritos en el Registro Electoral.

Los dos primeros son requisitos constitucionales; el primero establecido de esa manera en la Constitución de 1999 −vigente y ratificada su integridad en 2007− cuando se estableció constitucionalmente la doble nacionalidad y se excluyó, en la muy −según algunos− “modélica”, “magnánima” y “amplia” carta magna de 1999, la posibilidad de ejercer algunos cargos a quienes tengan la doble nacionalidad, aun cuando sean venezolanos por nacimiento; pero esa es otra discusión. Lo cierto es que esos dos requisitos están en la Constitución Nacional vigente.

Acuerdos a firmar.

Los otros requisitos son propios del proceso de Primaria y vale la pena comentar o aclarar algunos. En los próximos días, a partir del 24 de mayo, cuando comiencen a llegar quienes aspiran a postularse como candidatos, la CNdP, junto con las formas o documentos que deben llenar, presentará los documentos que deben firmar, entre los cuales se encuentran: Una declaración de principios democráticos, un programa mínimo de gobierno y un compromiso de acatar las decisiones, reglamentos e instructivos de este proceso, que incluirá el de reconocer y apoyar a la candidata o candidato que resulte ganador. Se trata de documentos simples, que serán acordados con los candidatos y de quienes se espera un compromiso, básicamente moral, de acatarlos y cumplirlos. Dejemos que sean los electores y los venezolanos los que les pidan cuentas a los candidatos.

Compromiso con el cambio político.

De los requisitos enumerados más arriba, merece destacar el número tres, según el cual el candidato debe “…demostrar un compromiso por la libertad, la democracia, el respeto de los DDHH, la libertad de los presos políticos y el regreso de los exiliados.” Ese compromiso está acorde con lo dicho por el Presidente de la CNdP, J.M Casal, en su discurso inaugural el 15 de noviembre de 2022, cuando se refirió a que la elección primaria: “… está llamada a canalizar las aspiraciones presidenciales de todos aquellos que defiendan la necesidad del cambio político” en el país y que para los candidatos de la Primaria: “…los derechos humanos deben ser un elemento transversal, así como la exigencia de liberación de los presos políticos y de cese de la persecución política”. (del discurso durante el “Primer Balance del Proceso de Consulta a Sectores Políticos y Sociales y Anuncio de Próximos Pasos”, el 12 de diciembre de 2022), ratificado también en el discurso del 15 de febrero de 2023, en el cual se anunció la fecha de la elección primaria y el cronograma del proceso que debemos: “…hacerlo de tal modo que generemos una legitimidad reforzada, acrecentada por un esfuerzo y una ilusión común de cambio político.” De manera que el compromiso por el “cambio político” en el país es ineludible para los candidatos que se presenten a competir en la Primaria, para ser el candidato unitario de la oposición democrática en 2024.

Los otros requisitos.

Los dos últimos requisitos, se les debe prestar atención y merecen también considerarse en esta oportunidad. En uno de ellos, el número siete, se especifica que los candidatos deben contribuir con los costos del proceso. Una estimación precisa del costo definitivo del proceso aún no se tiene, pues dependerá de la decisión que se tome acerca de cuál será la modalidad final de desarrollo del mismo. Sobre esta contribución, que en el Reglamento Marco también se establece, pero de manera “voluntaria”, la CNdP ha sido más estricta con este requisito, por el elevado costo que significa un proceso abierto a 21 millones de electores, en Venezuela y dispersos por el mundo.

Postulación por factores políticos.

El proceso de primaria, tal como establece el Reglamento Marco y los dictados por la CNdP, está abierto a la votación de “...todos los venezolanos mayores de edad” (Art. 5), en Venezuela o en el exterior, de acuerdo con las condiciones que establezca la CNdP. Conviene explicar entonces como la CNdP, en la práctica y en su reglamentación, ha interpretado esta disposición del Reglamento Marco. En la práctica, la CNdP entiende por factores políticos a todos aquellos partidos y grupos políticos, que identifica como “factores políticos”, que apoyen el proceso, que tengan una actuación pública e histórica, reconocida en el país, aun cuando no estén registrados o aceptados por el CNE como tales partidos políticos.

Postulación por iniciativa propia.

De igual manera, como ya lo establece el Reglamento Marco, la CNdP en su Reglamento de Postulaciones, establece que los candidatos podrán postularse por “iniciativa propia”, cuando no cuenten −o no deseen hacerlo− con alguno de esos factores políticos; en ese caso, tanto el Reglamento Marco como el Reglamento de Postulaciones de la CNdP establecen que los candidatos que se acojan a esta modalidad, deberán acompañar a la documentación que consignen y el formato que defina la CNdP “…el respaldo de las firmas de, al menos, el cero coma cinco por ciento (0,5%) de los electores inscritos en el Registro Electoral…”; pero, interpreta la CNdP que ese 0,5% “…puede obtenerse a nivel nacional o, al menos, en doce entidades federales.”. De esta manera, dependiendo de las 12 entidades federales que escoja el postulante y la cantidad de electores que tengan, el número de firmas puede variar.

Conclusión

Con estas indicaciones o recordatorio se inicia la carrera para el 22 de octubre, con los candidatos que se presenten a esa confrontación, de donde debe salir el candidato unitario de la oposición democrática venezolana.

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Dos Reglamentos de la Primaria

Ismael Pérez Vigil

El día 7 de mayo la Comisión Nacional de Primaria (CP) publicó los reglamentos, que junto con el Reglamento Marco de la Primaria (RM), normarán todo el proceso de la Primaria que tendrá lugar el 22 de octubre del presente año. Esta publicación se produjo después de un proceso de consulta a todos los factores políticos que apoyan el proceso, a quienes se les solicitó, en un plazo perentorio y por escrito, observaciones, comentarios y recomendaciones, a pesar de que ninguna disposición del RM obligaba a esta consulta.

Seis Reglamentos.

Se trata de seis reglamentos, que cubren todo el proceso de Primaria; con sus nombres cortos, estos reglamentos son:

- Reglamento de Postulaciones.

- Reglamento de Propaganda y Publicidad.

- Reglamento de Totalización.

- Reglamento de Voto en el Exterior.

- Reglamento sobre Actos Electorales, y

- Reglamento sobre Testigos Electorales

En todos ellos se recuerda, de manera expresa, en uno de sus primeros artículos que: “La Comisión Nacional de Primaria es el órgano rector y la instancia superior de la organización, administración, dirección y supervisión de la elección Primaria…”. Por la importancia que revisten estas normas, voy a hacer un resumen de los aspectos más importantes de dos de ellos. No entraré en detalles, pero cada uno puede ser consultado en la página de Instagram de la CP: @cnprimariave

Reglamento de Totalización.

El nombre completo de este reglamento es: Reglamento de Totalización, Impugnaciones y Nulidad de Actas y Resultados Electorales en la Elección Primaria de 2023; consta de 6 títulos, 5 capítulos y 47 artículos y si bien trata del tema de las impugnaciones, nulidad de actas y resultados, seguramente el mayor interés está en el tema de la “totalización de los resultados”, que la realizará la CP y no como se ha dicho que la haría el CNE, en el caso que se decida su participación técnica, decisión que aún no se ha tomado ni a favor, ni en contra, por parte de la CP.

El documento está redactado con la suficiente amplitud para que se pueda aplicar en uno u otro caso; es decir, si se decide que el CNE no participará, la votación será manual; y si se decide aceptar la participación técnica del CNE, la votación será con máquinas de votación. Claramente lo establece así el artículo 3: “Las normas relativas a la totalización, impugnaciones y nulidad de actas y resultados electorales previstas en este Reglamento se aplicarán en cada caso según el mecanismo de votación empleado.”

El reglamento también es categórico en disipar cualquier duda, cuando afirma en el artículo 4 que: “… el acto de totalización es competencia de la Comisión Nacional de Primaria y se realizará dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes al anuncio de…la finalización del acto de votación…” A algunos les ha parecido extenso el lapso de las 48 horas, pero la explicación es muy simple, “dentro de las 48 horas” significa a la hora siguiente, a las pocas horas, o que se tardará como máximo, las 48 horas; si la votación es automatizada, el resultado podrá darse más rápido; pero si es manual, habrá que esperar que se recojan las actas, algunas de las cuales provendrán de sitios remotos.

Esa totalización, que hará y anunciará la CP, incluirá las actas de escrutinio −sea la votación automatizada o manual− e incluirá los votos en el exterior, de un proceso, que como todos sabemos, será presencial y manual y organizado de manera exclusiva por la CP.

El reglamento contiene múltiples detalles con relación a las actas, firmas, plazos de impugnaciones, formalidades a cumplir, causas de nulidad de actas y de procesos de votación en las mesas, tipos de pruebas que se deben presentar, sustanciación de los procedimientos, sujetos y actores de una impugnación, audiencias, y otros. E igualmente es enfático este reglamento al señalar que estos actos son competencia exclusiva de la CP y no habrá ningún recurso de impugnación a sus decisiones.

De igual manera, el reglamento señala −artículo 43− los principios fundamentales que tomará en cuenta para decidir impugnaciones de actos electorales, que son tres y se pueden resumir de esta manera:

1- Preservación del voto y la voluntad popular. Señala el reglamento que: “… El principio general será conservar, mantener el voto popular…si… existiesen dudas… se debe favorecer al voto y por tanto inclinarse hacia la desestimación de la nulidad del acto o resultado electoral impugnado.” Obviamente, si “…se demuestra que esa irregularidad alteró la voluntad popular, deberá forzosamente declararse su nulidad”.

2- Convalidación de vicios del procedimiento electoral. Es decir, la CP podrá “…determinar si la magnitud del vicio o irregularidad denunciados comporta o no una alteración del resultado…si se determina que el vicio o irregularidad … no alteró la voluntad popular…podrá desestimarse la denuncia… y evitarse su nulidad declarando irrelevante el vicio planteado.”

3- Subsanación de vicios del procedimiento electoral. Que operará cuando la CP considere que los vicios o irregularidades ocurridos se pueden subsanar con determinadas actuaciones para corregir la irregularidad y así evitar que se anule “…innecesariamente el voto del electorado.”

Con respecto a las actas del proceso, la CP aplicará los mismos principios y “Solo si no se logra subsanar el vicio se anulará el acta electoral.” (Artículo 44). Esto es muy importante tomarlo en cuenta para efectos de la “verificación ciudadana” −que veremos en el próximo reglamento− pues una anulación de algún acta, por vicios en los resultados de alguna mesa o mesas, solo se producirá “…si el vicio verificado modifica…el resultado electoral obtenido”.

Es determinante comprender el concepto de la subsanación y convalidación de los vicios que se puedan presentar en el proceso; pues, finalmente, el reglamento deja abierta la posibilidad de que una “…inconsistencia numérica relevante…” pueda generar una nueva totalización, modificar la proclamación del candidato ganador y proclamar otro u “…ordenar que se repita la elección en las mesas correspondientes…anuladas por inconsistencia numérica relevante no convalidable” (Artículo 46)

Reglamento sobre Actos Electorales.

El nombre completo de este reglamento es: Reglamento sobre Actos Electorales en la Elección Primaria de 2023; y comprende 6 títulos, 14 capítulos y 63 artículos y es sin duda alguna el más complejo de los reglamentos y el que ha suscitado mayor interés.

A pesar de la complejidad, dudas e interés, este reglamento es el más claro en establecer y dejar abierta la posibilidad de dos formas de votación, una automatizada, en el caso que la CP decida la participación técnica del CNE; o una manual, en el caso de que se decida que el CNE no participará. Desde luego, esto aplica para la elección que se llevará a cabo en el territorio nacional, pues la que se realizará en el exterior, como ya se ha dicho y comentado (ver https://bit.ly/3nD66es) será una elección manual y presencial, totalmente organizada por la CP.

El reglamento norma lo relativo a los actos de instalación, material electoral, constitución de mesas, votación, escrutinio, verificación ciudadana −ésta cuando corresponda, en el caso de votación automatizada−, distribución y disposición del material electoral, incluidos los cuadernos de votación, etcétera. Establece infinidad de detalles, algunos ya presentes en el Reglamento Marco de la Primaria (RM), por lo no me referiré a ellos, limitándome a destacar solo aquellos que considero más relevantes. Por ejemplo, un detalle importante, del cual se ha comentado poco, es que la elección será nominal, por nombre o apellido del candidato; no aparecerá por ninguna parte el partido u organización política que lo apoya.

Este reglamento dispone que se podrá solicitar a candidatos, partidos y factores políticos que “…postulen ciudadanos para cumplir voluntariamente servicio electoral…” (Art. 4), que obviamente se refiere a testigos y sobre todo miembros de mesa. Entre estos voluntarios estará, además, un Coordinador del Centro de Votación y un Monitor del Centro de Votación, quienes no tendrán militancia en ninguna organización política, ni apoyarán a ningún candidato; la tarea de este último será “…transmitir los resultados de cada una de las mesas del centro de votación asignado al sistema de totalización nacional.” (Art. 8)

En el caso de votación automatizada, cualquier contingencia que se presente por la que sea necesario pasar a votación manual, se decidirá con base en el “Instructivo de Funcionamiento de la Mesa Electoral.”, definido y aprobado por la CP y con autorización de ésta, a través de la Junta Regional respectiva, nombrada por la CP.

También en el caso de que la votación sea automatizada, se procederá a la llamada “verificación ciudadana”, que podrá ser en todas las mesas de votación y consiste en contar los votos que aparecen en las “papeletas” depositadas por los electores en la denominada “caja de resguardo”, levantar el acta respectiva, según las formas definidas por la CP − Hoja Auxiliar de Escrutinio y Constancia de Verificación Ciudadana− que serán fotografiadas por el Monitor del Centro de Votación, lo trasmitirá a la CP, se adjuntarán al acta que emita la “máquina de votación” y se enviará al lugar indicado por la CP, en donde se realizará la totalización respectiva, una vez que se evalúen las actas.

Conclusión.

Estos dos reglamentos, resumidos aquí, configuran todos los actos que se llevarán a cabo el día de la votación, el 22 de octubre, y espero que hayan servido para aclarar algunas dudas, que solo serán totalmente despejadas con la atenta lectura y evaluación de cada uno de los reglamentos.

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Primaria 22O y Voto en el Exterior

Ismael Pérez Vigil

La Comisión Nacional de Primaria (CP), después de un periodo de consultas, aprobó y están circulando varios reglamentos que normarán la elección primaria del 22 de Octubre (22O) y que serán publicados cuando esté circulando este escrito. Me voy a referir al de la participación o voto de los venezolanos en el exterior, que es uno de los temas sobre los cuales hay más expectativas.

En primer término, en el Reglamento de Voto en el Exterior (RVE), la CP ratifica su competencia como órgano rector para la coordinación y ejecución del procedimiento de inscripción y de votación de los electores en el exterior, que se regirá por los principios básicos establecidos en el Reglamento Marco de la Primaria.

En el RVE, la CP, reitera varios de los principios y señalamientos que ya había anunciado: Voto en el exterior, presencial y manual, de los electores inscritos en el Registro Electoral (RE), previa actualización de ese registro −para ubicar donde votará el elector− verificación de la actualización del RE y de la votación. Veamos cada uno de estos puntos, mediante los cuales la CP dará cumplimiento al mandato reglamentario de promover los mecanismos que hagan viable el voto en el exterior.

Utilización del RE.

Votarán en la Elección Primaria los venezolanos previamente inscritos en el RE. Sabemos que el RE tiene fallas, deficiencias, errores, que no está actualizado, sobre todo en el exterior; todos los que estamos involucrados en procesos electorales sabemos eso, pero es la única base de datos publica, que puede ser verificada y consultada, a la que tienen acceso todos los venezolanos, los partidos políticos, las oenegés, los candidatos, los electores, etcétera. Otra base de datos, que no sea pública, ni de libre acceso, de utilizarse, podría ser objeto de impugnaciones por cualquier elector.

Actualización telemática.

La CP va a actualizar el RE, para que todos los venezolanos que estén en el exterior, en cualquier parte del mundo pero inscritos para votar en Venezuela y que no han podido actualizar sus datos del RE en los consulados, lo puedan hacer para votar en el exterior, en la Elección Primaria.

El procedimiento de esa actualización será telemático o electrónico, por medio de un sistema en línea, bastante simple y en una página Web que se dispondrá para ello. El elector probará su identidad mediante un documento de identidad venezolano, que enviará junto con una foto de su cara y otra foto de su cara sosteniendo su documento de identidad; estos datos serán verificados y validados por un sistema automatizado, con verificación humana. Este proceso estará sujeto a auditoría por parte del equipo técnico de la CP y observación por parte de los representantes o testigos de los candidatos y observadores nacionales.

Verificación e impugnaciones.

Cumplido este proceso, se abrirá un periodo de impugnaciones, en donde los técnicos de la CP, en presencia de testigos de los candidatos y los observadores, decidirán sobre la aceptación o rechazo de un registro. Validada la identidad y el registro, el elector recibirá un correo electrónico, con la comprobación de su actualización y un código único, con el que podrá comprobar si sus datos fueron actualizados y de no ser así, realizar el reclamo correspondiente. Ambas fases, la actualización y posible reclamo, serán sobre la misma base telemática o electrónica.

Con base en esta información, la CP elaborará los cuadernos de votación −para Venezuela y para el exterior− y definirá un mecanismo sencillo, que contará además con “centros de información al elector”, para evitar la posibilidad de doble voto.

La votación el 22 de octubre.

Si bien la actualización del RE será automatizada o telemática, la votación el 22O en el exterior será presencial y manual. El elector, al momento de actualizar su registro, seleccionara su lugar de votación, con base en las ciudades definidas por la CP. Al igual que en Venezuela, en el exterior se hace necesario también concentrar −de acuerdo con las posibilidades y responsabilidad de la CP− la votación de los venezolanos, pues es imposible poner mesas de votación en todos los países, ciudades y pueblos en donde están actualmente los venezolanos.

Para el proceso de votación del 22O en el exterior, la CP ha decidido que los centros de votación se establecerán en 21 países y unas 72 ciudades, con base en los siguientes criterios:

· Ciudades o localidades de mayor concentración de venezolanos según datos oficiales de autoridades migratorias u otros organismos públicos de los respectivos países.

· Ciudades o localidades que tengan buen acceso a ciudades de mayor concentración de venezolanos.

· Ciudades o localidades representativas que tengan buen acceso transfronterizo a ciudades o localidades con concentración dispersa de venezolanos.

· Ciudades o localidades que cuenten con comunidades de venezolanos con capacidad logística y organizativa, en aquellas que cumplan con alguno de los criterios antes señalados, para apoyar y organizar el voto en el exterior.

De todas maneras, la actualización que se hará del RE permitirá afinar algunos detalles.

Conclusión

Desde luego, el Reglamento del Voto en el Exterior contiene muchos otros detalles y aspectos, que por razones de espacio no reproduzco aquí. Pero, en lo esencial, de la manera descrita, la CP da cumplimiento al mandato de hacer viable la participación de los venezolanos en el exterior.

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Sobre Reglamentos y Juntas

Ismael Pérez Vigil

La marcha del proceso de Primaria sigue su curso. El tema que copa la atención de la Comisión Nacional de Primaria (CP) es la consulta a factores políticos, pre candidatos y organizaciones de la sociedad civil, con relación a la respuesta de una Comisión del CNE a las proposiciones de la CP, consulta a la cual me referiré someramente para no generar expectativas indebidas. Me referiré más ampliamente a la elaboración o fijación de normas regulatorias del proceso electoral y al inicio de actividades de las Juntas Regionales.

La consulta sobre el CNE es el tema sobre el que se concentran las mayores expectativas y la mayor actividad de la CP; al respecto yo me limitaré a recordar que en mi artículo de la semana pasada −Respuesta del CNE− resumí ampliamente la respuesta de una Comisión Técnica del CNE a las solicitudes de la Comisión Nacional de Primaria (CP)

Desde luego, esa respuesta es lo que ahora es motivo del interés y de la consulta que se lleva a cabo por parte de la CP y si esas respuestas determinarán o no la participación del CNE en el proceso de Primaria. Por supuesto, no voy a adelantar ninguna opinión, sobre un tema que está en pleno proceso de consulta y sobre el cual la CP deberá pronunciarse en los próximos días. Tampoco creo necesario abundar en más detalles sobre la respuesta del CNE, los invito a leer mi artículo de la semana pasada, siguiendo este vínculo: https://bit.ly/3KX4aFr

Juntas Regionales

Como les comenté, también en otro artículo, hace dos semanas (https://bit.ly/3L175Os), tras un retraso de 21 días, que no compromete el desarrollo del cronograma de la Primaria, ya fueron juramentadas las 24 Juntas Regionales, que prevé el Reglamento, una en cada estado del país. Todas las Juntas, están ya instaladas y han seleccionado su Presidente/a y Vicepresidente/a y su Secretario/a Ejecutivo/a. Eso significa que, sin contar con los equipos técnicos de apoyo, somos ya más de 250 venezolanos incorporados activamente por la CP a las actividades −y sin contar los partidos y seguidores de precandidatos− para llevar adelante el evento electoral que se realizará el 22 de octubre de este año.

Los venezolanos a lo largo y ancho del país, ya han comenzado a sentir y ver el impacto de la actividad de estas Juntas, por las reuniones que se están realizando; las declaraciones de prensa de sus voceros; las entrevistas en radios y medios locales, etc. Y a esa actividad se irán sumando más y más venezolanos, deseosos de un cambio político en el país.

Tareas inmediatas de las Juntas Regionales.

A las juntas regionales, además de las tareas administrativas y organizativas propias de los procesos electorales y las que establece el Reglamento de la Primaria, por lo pronto se les han asignado cuatro importantes tareas:

· Formar equipo. En cada estado, entre ellos y con la CP. Todo el que trabaje con grupos humanos, en materia organizativa, sabe que esta es la tarea más importante y la más difícil, pues supone posponer y dejar de lado objetivos e intereses personales o grupales, para pensar en el país que le queremos dejar a las generaciones futuras. Para formar equipo también es importante la forma en que asuman la toma de decisiones, con sentido común y preferiblemente por consenso.

· Promover la primaria. En todos los espacios de su región. No solo entre los sectores influyentes de la región y en la presa y medios locales, sino más importante aún, entre la población, las organizaciones de la sociedad civil y los partidos políticos, sea que estos tengan un candidato o no.

· Ayudar a evaluar y escoger los Centros de Votación y la “Nucleación” de los mismos. Cualquiera que sea la decisión que se adopte con respecto a la participación o no del CNE, la CP tendrá que “nuclear” centros, pues es obviamente imposible pretender abarcar los más de 14 mil centros y más de 30 mil mesas de votación, que usualmente se utilizan en el país en los procesos electorales nacionales. Será preciso evaluar y escoger Centros, que es una tarea delicada y qué mejor que las Juntas Regionales para apoyar a la CP en esta tarea, que de acuerdo con el Reglamento de la Primaria es competencia exclusiva de la CP.

· Pensar en propuestas y nombres para integrar las mesas de votación. De acuerdo con el Reglamento de la Primaria, corresponde a las Juntas Regionales designar y acreditar a los miembros de mesa, pero a partir de una lista de elegibles que enviará o aprobará la CP. Este es uno de los temas que regulará la CP con el reglamento respectivo, pero es una tarea que se puede ir adelantando, a la espera de la publicación de ese reglamento que será en breve. Las Juntas Regionales desempeñarán un papel invalorable en esa tarea, pues obviamente son las que conocen la región.

Elaboración de los Reglamentos

Las normas que serán reguladas o reglamentadas por la CP, son de diversa índole; por una parte, están los compromisos que, al momento de postularse para participar en el proceso de Primaria, deben firmar los candidatos o candidatas; y otras normas, que aparte del Reglamento de la Primaria deberán respetar y cumplir todos los que participen en este proceso.

Al momento de postularse o registrarse ante la CP para participar en la elección primaria, los candidatos firmarán varios documentos que contendrán, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento:

· Una declaración de principios democráticos para garantizar la gobernabilidad y un Programa Mínimo de Gobierno que se comprometen a desarrollar en caso de resultar ganador de la elección presidencial de 2024

· Aceptación del Reglamento y demás normas que defina la CP, como la normativa que regirá el proceso de elección Primaria.

· Fe pública del compromiso moral y político de aceptar, reconocer y apoyar a quien resulte ganador.

Además, de llevar a la consideración de los candidatos esos documentos, la CP desarrollará otras normas, previstas en el Reglamento −que están siendo elaboradas y consultadas con los interesados en participar− en la forma de reglamentos o instructivos, y entre las cuales se encuentran:

· Reglamento de funcionamiento de las Juntas Regionales, ya entregado

· Reglamento de Campaña Electoral y Propaganda

· Reglamento y formatos de Postulaciones de los Candidatos

· Reglamento para los actos de Instalación, Votación y Escrutinio el día de la votación, el 22 de octubre de 2023, en Venezuela y el Exterior

· Reglamento sobre disposición del Material Electoral

· Reglamento sobre la Totalización de los Resultados

· Reglamento sobre Miembros y Testigos de Mesas

· Normas sobre el alcance y mecanismo de verificación ciudadana

· Normas y Procedimiento de impugnación de candidatos o resultados electorales

Esta lista de normas −meramente indicativa, no exhaustiva− buscan aclarar más los términos y reglas de juego de este proceso, a las cuales se ha referido la CP en diversas oportunidades y que son ampliamente conocidas por la opinión pública y todos los interesados en participar. De manera que, aunque se ha pospuesto la publicación de estos reglamentos, desde el 24 de abril al 7 de mayo −para concluir las consultas que están en curso− las reglas fundamentales y generales de este proceso han sido ampliamente difundidas por la CP y son ampliamente conocidas, al igual que las fechas y lapsos que rigen el proceso. El próximo a publicarse, actualmente sometido a consulta, es el Reglamento sobre la Campaña Electoral.

Conclusión.

No podía concluir este repaso, sin tocar una vez más el punto, complejo y delicado, de la votación en el exterior, que ha estado presente desde el primer día y la primera declaración pública de la CP. Todavía recientemente el Presidente de la CP, J.M. Casal, reiteró que, a pesar que la CP está por definir el alcance completo del voto en el exterior para la Primaria, se está evaluando la posibilidad de realizar una actualización del Registro Electoral, con base en un “…registro telemático… que [esté] sería solo para la elección primaria” y nuevamente reiteró que “… el voto de los venezolanos en el exterior se hará de forma presencial”.

La próxima semana abordaremos otros importantes temas de este proceso de Primaria, que día a día va ganando interés en el país.

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Respuesta del CNE

Ismael Pérez Vigil

Expliqué la semana pasada lo ocurrido con la designación de las Juntas Regionales para el proceso de Primaria del 22 de octubre, que hizo que se atrasara su juramentación tres semanas. Esta semana, publicada la respuesta de una comisión Técnica del CNE a las solicitudes de la Comisión Nacional de Primaria (CP), con respecto a la participación de ese organismo en la mencionada elección, es inevitable referirse al tema, revisarlo, junto con la respuesta de la CP y referirse a otros pormenores de la organización de este proceso.

Respuesta del CNE.

Como se recordará, en el mes de diciembre de 2022 la CP se dirigió por carta al CNE y le hizo tres solicitudes: la utilización de los centros de votación tradicionales para la votación primaria, la actualización del Registro Electoral y la conformación de una Comisión Técnica Conjunta, entre la CP y el CNE, para conversar sobre esos y otros aspectos, de la posible participación de ese organismo, en la elección Primaria. En el mes de febrero, el CNE respondió positivamente a la solicitud de conformar la Comisión Técnica, que se reunió el 8 de marzo, fecha en la cual la CP reiteró las solicitudes ya mencionadas y entregó un documento con otros puntos o solicitudes con relación al tipo de participación que esperaba de ese organismo. El día 18 de abril, la CP recibió la respuesta de una Comisión del CNE, a las solicitudes planteadas al instalarse la Comisión Técnica Conjunta el 8 de marzo de 2023.

El alcance, características y detalles de esa respuesta, así como las solicitudes que hizo la CP al CNE fueron comentadas y entregadas para su divulgación en una rueda de prensa organizada por la CP el día 20 de abril y que se puede ver completa en la página de Instagram de la CP (cnprimariave) y en el siguiente vinculo: https://bit.ly/3Lo5UsR

El primer punto a resaltar es que la respuesta del CNE consistió en un Informe Técnico, que según comentó J.M. Casal, Presidente de la CP, en la rueda de prensa mencionada: “… ese Informe no emana de la Comisión Técnica Conjunta, sino de los representantes del CNE ante dicha instancia, la cual lamentablemente nunca sostuvo una reunión de trabajo conjunto.” El informe, da respuesta a cada uno de los puntos o solicitudes que hiciera la CP el 8 de marzo, a cuyo contenido me referiré entrecomillando las palabras del Presidente de la CP, durante la rueda de prensa del 20 de abril, ya referida:

El Presidente Casal resumió de esta manera las solicitudes de la CP:

“Tras la instalación de la Comisión Técnica plateamos dos escenarios. Se trata precisamente de escenarios, opciones para el uso de los centros de votación, que formulamos con base en las consultas que llevamos adelante desde nuestra instalación.”

Los dos escenarios planteados al CNE por la CP son:

a) El uso de los centros de votación con una votación manual

b) El uso de los centros de votación con un sistema combinado de votación.

Con relación al primer escenario, el de una votación manual, a realizarse en los Centros de Votación, el CNE en su informe técnico respondió que:

“… al no participar el CNE en la organización logística y técnica del proceso, la gestión para lograr el uso de instituciones educativas públicas para la Primaria debe realizarse ante el MPPE. En relación con un eventual apoyo de la FAN, la solicitud debería dirigirse al CEOFANB.”

Otras solicitudes de la CP fueron:

- Que sea la CP la que decida sobre el pase a votación manual, en caso de contingencia

- Un amplio abanico de auditorías en cuyo diseño e implementación participe la CP

- La designación de testigos expertos respecto del manejo de la máquina de votación

- Una doble vía de totalización de los votos, contabilizando hasta el 100% de las papeletas de votación, como escrutinio complementario al de la máquina.

- La disposición final del material electoral para proteger la identidad del elector, especialmente los Cuadernos de votación

- Un Plan Primaria, que remplace al tradicional Plan Republica

- Invitación y presencia de testigos internacionales, y

- Que en ambos escenarios el voto en el exterior lo llevaría por separado la CP.

El Presidente de la CP destacó dos puntos, que revisten especial importancia: la eliminación de la llamada autenticación biométrica, para preservar la identidad del elector y la realización de jornadas especiales del Registro Electoral, con vistas a ampliar la base de votación en la primaria de 2023 y en la elección presidencial de 2024.

Con respecto a estos dos puntos, el Presidente de la CP resaltó que:

“El Informe de la Comisión del CNE considera inviable eliminar la autenticación biométrica, por ser parte integral del sistema electoral venezolano…[y]… Se rechaza igualmente nuestra solicitud reiterada de realizar jornadas especiales de actualización del RE, pues la Comisión del CNE estima que no procede organizarlas cuando están dirigidas a un grupo de organizaciones políticas.”

Con respecto al rechazo de las jornadas de actualización del Registro Electoral, Casal fue enfático en aclarar que:

“… nuestra solicitud de jornadas de actualización del RE se refiere a todos los venezolanos, y se suma a la exigencia de estudiantes y de otros sectores sociales que han requerido la realización de estos operativos especiales. El derecho a lograr sin barreras de distancia u otras la inscripción o actualización del RE es un derecho constitucional y legal.” (Establecido claramente en el Art. 33 de la LOPRE)

Al señalar en la rueda de prensa que la CP no comparte tampoco los argumentos expuestos en el Informe para rechazar las peticiones, el Presidente Casal anunció que:

“Haremos consultas a organizaciones sociales y políticas…[y]… Seguimos adelante en los demás aspectos para la preparación de la Primaria.”

En tal sentido, aclaró los próximos pasos y como continuará el trabajo de organización de la Primaria y el desarrollo del cronograma en abril y mayo:

- Visitas a las Juntas Regionales, que fueron juramentadas la semana pasada

- Envío de las comunicaciones a instituciones o personalidades internacionales que acompañarán el proceso de Primaria.

- Continuara el desarrollo de los reglamentos que regirán la Primaria, respecto de los cuales también están desarrollándose consultas

- Reunión de la Comisión Asesora Técnica Electoral, para conocer las propuestas de la CP sobre el voto en el exterior

- Inicio de encuentros con los precandidatos para la preparación de los documentos de Programa Mínimo Común y la Declaración de Principios Democráticos.

Contactos internacionales

Un aspecto muy especial al que la CP ha dedicado tiempo y esfuerzo, por ser de primordial interés para la actividad opositora en Venezuela, es la relación con la comunidad internacional y el cuerpo de embajadores acreditados en el país.

En tal sentido, todos somos testigos de la presencia de altos funcionarios de embajadas y consulados, en los diversos actos públicos de la CP: la juramentación en noviembre de 2022, la reunión en diciembre de ese año en la ocasión del Primer Informe de Balance y en febrero cuando se hizo el anuncio de la fecha y se publicó el cronograma de la Primaria. En estos cinco meses de actividad de la CP, los contactos internacionales con el cuerpo diplomático acreditado en Venezuela y con otras organizaciones internacionales, no han cesado.

Uno de los objetivos que se busca con estos contactos, según declaró el Presidente de la Comisión recientemente y reiteró en la reciente rueda de prensa, es la visita a Venezuela de veedores internacionales, o acompañantes internacionales, en el momento de la elección y antes; y al efecto declaró: “…es posible que conformemos paneles de expertos europeos para acompañar nuestro proceso desde el punto de vista técnico y de respaldo internacional”. Y enfatizó que: “Esta ha sido para nosotros una dimensión fundamental, el contacto permanente con delegaciones diplomáticas que se encuentran en Venezuela, desde la perspectiva del derecho a la participación política, a la participación ciudadana y a la libertad de expresión”. Esta observación internacional del proceso eleccionario acompañará a la observación de grupos nacionales que ya han confirmado su participación.

Consultas con partidos y otros factores políticos

Otro factor que no se ha descuidado, y que ahora se intensifica, tras la respuesta del CNE a las solicitudes de la CP, son las consultas con los factores políticos que respaldan el proceso de Primaria. Estas consultas, en este momento, se centran en dos aspectos fundamentales: los reglamentos y normas que regirán el desarrollo de la actividad y naturalmente los temas que han sido álgidos durante todo el proceso: la relación con el CNE y el voto en el exterior.

Conclusión.

Todos sabemos que tomar decisiones de política electoral, llegar a consensos, es una tarea compleja, que puede afectar la organización del proceso de Primaria; a veces todo fluye de acuerdo a lo previsto, pero en ocasiones se hace necesario aminorar la marcha, para consultar más, dialogar, buscar consensos, donde todos sean tomados en cuenta.

De no ocurrir nuevamente eventos extraordinarios, la próxima semana me referiré a la elaboración o fijación de normas regulatorias del proceso electoral

Marcha de la Primaria Opositora: Marzo-Abril

Ismael Pérez Vigil

El proceso de celebración de una elección primaria el 22 de octubre de 2023, para escoger un candidato o candidata, unitario, de la oposición, continua inexorablemente; pero no es cualquier oposición, ni es cualquier candidato.

Se trata del candidato de la oposición democrática, la que se caracteriza por querer un cambio político en el país, que nos lleve a la redemocratización del mismo, a la solidificación de sus instituciones democráticas −Asamblea Nacional, Tribunal Supremo de Justicia, Contraloría, Fiscalía, Poder Electoral, etcétera−, para que controlen al Estado y se restituya el Estado de Derecho; pero sobre todo, para que se proteja adecuadamente al ciudadano y se resuelvan sus problemas más acuciantes, producto de las políticas económicas y públicas durante este último cuarto de siglo.

Tampoco es, como ya dije, la elección de cualquier candidato, sino aquel ciudadano que, compartiendo los valores anteriores, mejor represente el anhelo de cambio político que hay en el país y que obviamente, tenga opción de derrotar al candidato del régimen y de unificar a todo el país, para que se respete el resultado de esa elección, que no dudamos que lo favorecerá.

No está de más decir que lo que le corresponde a la Comisión Nacional de Primaria (CNdP) −con los recursos disponibles y escasos, valga la aclaratoria− es poner la “estructura”, la organización, las reglas que todos respeten, para que se expresen, los electores y los candidatos; contar los votos y proclamar al ganador. Corresponde a los candidatos y los grupos que los apoyan, sean partidos u organizaciones de la sociedad civil, atraer, motivar a la gente, para que él que resulte ganador, no sólo sea el que obtenga más votos, sino que tenga también el suficiente respaldo para llevar adelante su programa de transformación del país.

Veamos entonces y aclaremos dos de los pasos más recientes, dados y en curso, por parte de la CNdP:

Nombramiento de las juntas regionales.

Al momento de ser publicada esta nota, ya están juramentadas las Juntas Regionales, que prevé el Reglamento de la Primaria, en los 24 estados del país. Son 240 venezolanos que se incorporan activamente a las actividades de la CNdP para llevar adelante el evento electoral.

El proceso de selección y juramentación de estas Juntas sufrió un retraso de tres semanas, con respecto a la fecha pautada en el Cronograma, que era el 19 de marzo; todo retraso es indeseable, pero, ese retraso, no compromete el desarrollo del evento previsto para octubre de 2023, toda vez que la designación de las Juntas y su juramentación, no es un evento crítico. Fue y es, sí, un evento importante, significativo, un paso que había que dar con extrema rigurosidad y de allí que la Comisión se tomó todo el tiempo necesario para darlo con solidez.

Buena parte del retraso se debió al alto número de postulaciones, más de 1200, para más de 800 postulados −pues algunos recibieron más de una postulación− que había que revisar y evaluar cuidadosamente para llenar 240 posiciones. En algunos casos la CNdP se encontró que faltaban datos para evaluar adecuadamente a los postulados: números de C.I, teléfonos o correos para contactarlos; algunos de los propuestos no habían sido consultados o no habían aceptado la postulación; en otros casos se tenía que comprobar su independencia política, de partido político o posible candidato; en otros casos algunos de los posibles seleccionados no disponían del tiempo para dedicarse a la actividad; en fin, el examen de las credenciales de cada uno tenía que ser muy cuidadoso para evitar errores y enmiendas posteriores y obtener el resultado que se obtuvo, que si bien algunos de los postulados con credenciales y currículo suficiente no fueron seleccionados, la experiencia con los seleccionados y el entusiasmo durante la juramentación nos demostró que todos ellos son inobjetables.

Por ello, en el documento que se publicó dando a conocer la designación de las Juntas, la CNdP no tuvo ninguna duda en afirmar que:

“… hoy podemos decir que hemos completado el gran equipo que desde las regiones nos acompañará en la tarea de organizar este proceso y llevarlo a la mayor cantidad de electores posible dentro del territorio nacional… A partir de ahora contamos con estos 240 miembros de las Juntas Regionales y también con ustedes, ciudadanos, que en los estados se acerquen con entusiasmo y compromiso a estos equipos y ofrezcan su esfuerzo a su junta regional para la Primaria.”

Juramentadas las JR −se les hizo además entrega de su Reglamento de funcionamiento y los Lineamientos de Comunicaciones que deben tomar en cuenta− la CNdP visitará cada una de las regiones para reunirse con las Juntas e iniciar el trabajo de: seleccionar los centros de votación, el número de mesas, los miembros de mesa y otros importantes detalles de la logística para un exitoso proceso electoral el 22 de octubre: “…En los próximos días, previa juramentación por medios digitales, comenzaremos a trabajar de forma coordinada, para lograr una elección transparente, confiable y plural en cada entidad federal del país.” (Ver en este vínculo los integrantes de las Juntas Regionales: https://t.co/jMLPIlIOSJ )

Formato para inscripción de candidatos por iniciativa propia.

La segunda decisión reciente de la CNdP, que creo importante mencionar y aclarar, fue la publicación de un Formulario para la recolección de firmas o manifestaciones de voluntad, para proponer candidatos para el proceso de Primaria. (Ver: https://t.co/i9vUB8PfeN) Ese formulario, establecido en los artículos 8.8 y 27 del Reglamento Marco de la Primaria, tal como dice en su encabezado, es para los candidatos que se postulan por iniciativa propia; es decir, aquellos que no son propuestos por alguno de los partidos políticos que apoya el proceso de elección Primaria, puesto que la CNdP no se rige por las normas del CNE o el TSJ para considerar quienes son y quienes no, los partidos políticos que pueden participar en este proceso electoral.

En algunos casos, ese formulario generó dudas y confusiones, algunas de las cuales son genuinas, pero otras pretenden desconocer o negar la labor de la CNdP. En todo caso, las dudas fueron aclaradas mediante un video, que circuló por las redes sociales de la CNdP (ver: https://t.co/BSA5bv40yz), en el cual el presidente de la Comisión aclaró las diversas formas en que se pueden proponer candidatos para participar en la primaria de la oposición democrática:

“La primera es la de los factores políticos proponentes de la primaria o que respaldan el proceso, los cuales pueden realizar postulaciones sin necesidad de recoger firmas. Allí se encuentran todas las organizaciones de la Plataforma Unitaria y también otros factores políticos que se han sumado al proceso, como UPP89, Vente Venezuela, y Fuerza Vecinal, entre otros”. La otra vía es la de la recolección de firmas o manifestaciones de voluntad de un porcentaje de los electores inscritos en el Registro Electoral (RE); pero que, en opinión de la CNdP, expresada por su Presidente, ese porcentaje “… se refiere al 0,5% del RE, como también puede considerarse cumplido el requisito si se presenta esa manifestación de voluntad de al menos 0,5% de los electores inscritos en al menos 12 entidades federales.”

Algunas de las “dudas” de personas que hicieron referencia al Formulario, se centraban en el temor de que esas firmas, nombres y cédulas de quienes apoyan la inscripción de algún candidato, pudieran caer en manos inescrupulosas y ser utilizados para intimidar y chantajear a los electores, como bien sabemos que ocurrió en el pasado. En ese sentido, el Presidente de la CNdP, Jesús María Casal, aclaró que: “La identidad de los electores quedará resguardada, ese es un principio inderogable de nuestro reglamento y de los factores que guían nuestra actuación… [pues] … las firmas serán protegidas desde su recepción, tras lo cual se procederá a la verificación de los requisitos y las rúbricas serán destruidas.”

En cualquier caso, sea que el candidato lo postule algún partido político que haya manifestado su apoyo al proceso de primaria, o sea que lo hace mediante la recolección de firmas para postular candidatos por iniciativa propia, en el cronograma de la CNdP se fijó un Registro Preliminar de los precandidatos a la Primaria desde el 8 hasta el 23 de mayo, período tras el cual se discutirá con los candidatos su aporte económico al proceso de Primaria y se comprometerán con: un Programa Mínimo de Gobierno, el respeto de las normas y reglamentos del proceso y a reconocer sus resultados y apoyar al que resulte electo. Una vez concluido ese proceso, los candidatos a la primaria podrán postularse desde el 24 de mayo al 23 de junio.”

Conclusión

Aún con retrasos, que no afectan el desarrollo del proceso y que, al contrario, la rigurosidad con que se dan esos pasos lo fortalecen, como dijimos en el párrafo introductorio, sigue la marcha inexorable del proceso de Primaria y en una próxima entrega comentaremos los pasos que se están dando con el Registro Electoral, la elaboración de los Reglamentos de la Primaria y el voto de los venezolanos en el exterior; si es que antes no se produce alguna decisión con relación a la participación o no del CNE, en el proceso de Primaria.

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La “anticorrupción”.

Ismael Pérez Vigil

La Semana Santa, como época de reflexión, lo es también de descanso del acostumbrado reflexionar político −en mi caso electoral− sobre el impacto de la primaria 2023, sobre las decisiones de la Comisión Nacional de Primaria, sobre la oportunidad de la elección presidencial de 2024, y un largo etcétera.

Si embargo, aprovecharé la ocasión para abrir un paréntesis y comentar sobre el tema de la corrupción “descubierta” en PDVSA. Lo malo de escribir sobre este tema, es que seguramente repetiré buena parte de lo ya vertido en cientos de páginas desde hace dos o tres semanas. Pero lo bueno de hacerlo después de haber trascurrido ese tiempo, es que ya mucho está dicho y me puedo ahorrar comentarlo y concentrarme en una nota, con algunas “aristas” del tema.

Lo primero que llama la atención cuando se denuncia la “desaparición” de varios miles de millones de dólares −cantidad difícil de imaginar− por actos de corrupción de altísimos funcionarios del gobierno, es: ¿Cómo sería la magnitud de la corrupción en este caso, que el propio gobierno la denuncia y persigue a sus “corruptos”? Sí, “suyos”, porque todos ellos son, o fueron, altos, altísimos, funcionarios del régimen, que seguramente tienen relaciones y ramificaciones en los más altos niveles del Estado.

Pero, no se trata de algo nuevo; desde sus albores este régimen se destacó por ser “poco escrupuloso” en eso de los manejos del erario público y así lo fueron denunciando sus propios Ministros −cuando lo eran o dejaban de serlo− y hasta la Asamblea Nacional, controlada por el régimen (casos como el Plan Bolívar 2000, Cadivi, diversos casos anteriores de PDVSA, las Cajas Clap, Fonden y cientos de obras inconclusas en las que se gastaron miles de millones y por las que se pagaron millonarias comisiones), lo demuestran a la saciedad. No voy a seguir enumerando cosas que otros con mayor propiedad han hecho, por ejemplo, el Dr. Fernando Fernández en un artículo de esta misma semana en El Nacional (Extinción de Dominio y Fachada Contra la Corrupción, https://bit.ly/40Kr4Xe)

En el caso actual de PDVSA, hasta no hace mucho, varios de los conspicuos personajes envueltos en él, hoy presos o buscados, eran alabados y ensalzados, desde los más altos niveles del gobierno y del partido de gobierno. Incluso, algunos de sus “escritores” estrellas y “destacados intelectuales”, se rasgan las vestiduras justificando el delito con aquello que donde todos roban −hasta la oposición, dicen ellos− hacerlo es algo común e idiosincrático.

Así, por ejemplo, hace poco el gobierno y algunos analistas económicos resaltaban el “arreglo” del país y surgían como vivo ejemplo de esa supuesta pujanza económica vistosas obras, edificaciones e inversiones, de algunos de estos “prohombres” de la patria que, como ya dije, ahora están presos, sometidos a tribunales o prófugos y supuestamente perseguidos.

Obviamente, todo lo “bueno” que ocurría en el país, durante la “era del arreglo” y antes, lo atribuía el Gobierno a su “política económica”, preparando así el camino para mantenerse en el poder con la elección presidencial del 2024, que la veían fácil, segura, un paseo; bastaba tan solo afincar su estrategia de dividir a la oposición e intimidar al pueblo, blanco de sus prebendas populistas y el trabajo estaría hecho. Pero últimamente las cosas ya no eran, ni son, tan sencillas; el descontento se hacía y hace cada vez más evidente y hasta vimos y vemos que siguen proliferando manifestaciones de empleados públicos, maestros, jubilados, etcétera, y el camino a 2024 deja de ser tan favorable.

Ensayaron culpar a los EEUU y la UE por las sanciones internacionales, impuestas desde 2019, a pesar de que los males del país los arrastramos desde hace casi un cuarto de siglo; y ahora, cuando les revientan en la cara eventos como el reciente de PDVSA, que nos ocupa desde hace tres semanas, tratan de justificar con “esos” delitos todos los añejos males del país: que no hay buenos sueldos, ni servicios públicos, ni empleo, ni seguridad social, ni tantas otras cosas, es porque “nuestros” corruptos, dicen, se robaron −probablemente sin compartir de manera adecuada− varios miles de millones de dólares, que nadie sabe a ciencia exacta si son tres mil, veinte mil o cien mil. Se obvian todos los desmanes cometidos desde 1999, todos los males que nos aquejan desde ese fatídico año, pareciera que son producto de la “corrupción 2023”.

No me voy a enfrascar en entender o explicar si se trata de corrupción en el alto gobierno, que obviamente lo es, o si se trata de ajustes de cuentas, luchas “fratricidas” por el poder, que también lo es, o de una “purga” al mejor estilo estalinista o cualquiera de las otras explicaciones que han circulado o si es una mezcla de todas ellas; cada quien lo interpretará desde su sesgo particular y el mío, como es el político electoral, trataré de ajustarlo a él, por eso, para mi −y es la vuelta que buscarán darle− el corolario es el mismo que el del “arreglo” de la economía: “vean como luchamos contra la corrupción…” y parafraseando una reciente intervención de un alto funcionario de la Asamblea Nacional: “… pues como somos el gobierno que más ha luchado contra la corrupción desde 1830…” dirán que merecen seguir en el poder.

El problema no es buscar unos culpables, en esta ocasión sin duda lo serán los que “perdieron” el forcejeo interno; ni encontrar una nueva excusa para justificar los desmanes y ruinas causados durante este cuarto de siglo, cualquier excusa les es válida; su problema es como desestimar lo ocurrido y convertir todo eso en demagogia e instrumento electoral; pero, una vez que sea evidente que la población no cree en el discurso de lucha “anticorrupción, ¿Qué seguirá?

Quién sabe. Preparémonos para cualquier exceso, pero sin perder objetivo ni rumbo: una exitosa primaria en 2023, es la preparación a la elección presidencial de 2024 y la general de 2025 en la que estarán en juego la Asamblea Nacional, Gobernaciones y Alcaldías. Volveremos la próxima semana con los temas políticos y electorales acostumbrados.

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