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Libertad de expresión, fundamento democrático y pesadilla de dictaduras

Opinión
Artículos de opinión
Tiempo de lectura: 4 min.

La Declaración Universal de los Derechos Humanos fue proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), en París, el 10 de diciembre de 1948. Desde esa f echa, quedan establecidos los derechos fundamentales destinados a proteger a todos los habitantes del mundo y Venezuela es firmante de esta declaración, por lo cual la misma forma parte del cuerpo de leyes de obligatorio cumplimiento por el país, lo que obliga a los gobiernos a acatar sus disposiciones.

En su artículo 19 se expresa: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.” Para no dejar dudas, el artículo 30 concluye: “Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración”. Más aún, la Carta Democrática, que fue aprobada unánimemente por la Organización de Estados Americanos (OEA), en sesión especial del 11 de septiembre de 2001, a manera de actualización e interpretación de su Carta Fundacional, como manifestación del desarrollo progresivo del derecho internacional, reafirmando la resolución de las Naciones Unidas al considerar que la libertad de expresión es un componente fundamental del sistema democrático. En definitiva, la libertad de expresión forma parte irrenunciable de los derechos humanos de todas las personas; está respaldada y protegida por acuerdos internacionales del más alto rango y reconocida por la gran mayoría de las naciones del mundo.

Como es evidente, la libertad de expresión está muy ligada a la libertad de información y ésta a la libertad de prensa. Bajo ningún concepto, la libertad de expresión puede ser limitada por la censura previa; sin embargo, la ley si puede exigir responsabilidad por las opiniones que se emitan. En este sentido, se trata de garantizar también el derecho de los demás, como individuos o como sociedad. Por lo tanto, la legislación de muchos países suele prohibir las expresiones que inciten al odio, la violencia, la comisión de delitos o la discriminación racial

La constitución, que establece el marco legal fundamental por el que se rige la administración y gobierno de los países, en el caso se los sistemas democráticos siempre garantiza la libertad de expresión; preservando el derecho a difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, por escrito o cualquier otro medio de reproducción. Sin embargo, existen países en los que se considera a la libertad de expresión como una amenaza para el Estado, o mejor sería decir, para el gobierno; esto suele suceder en regímenes totalitarios o francamente dictatoriales.

Los gobiernos totalitarios, cuando entran en una fase de franca dictadura, una de las primeras estrategias políticas que se preocupan en aplicar es la limitación de la libertad de expresión, llegando incluso a eliminarla. Esto se suele implementar de manera gradual, aunque no necesariamente lenta, marcado por el progresivo dominio de los medios de comunicación, en cualquiera de sus formas, ya sea individual o colectiva, pública o privada, oral o escrita.

Por supuesto, quedan aquí incluidas las asambleas, marchas y manifestaciones, así como el uso de la radio, la televisión o las redes sociales. Las dictaduras, para lograr su cometido no es extraño que recurran al cambio de leyes y reglamentos, la persecución, el acoso, el encarcelamiento y, en casos extremos, la tortura y el asesinato.

También se procura el dominio de los medios de comunicación por la compra directa o por intermediarios, o la imposición de la autocensura por la amenaza y las medidas de presión, pudiéndose llegar incluso a la extorsión. El uso de un basamento jurídico amañado y supuestamente legal, creado al efecto, puede conducir al cierre o la expropiación.

Los cuerpos armados, ya sean militares, policías políticas o bandas de civiles armados al servicio de la dictadura, son los encargados más convenientes para ejecutar las órdenes para la represión y ataques contra la libertad de expresión. Aunado esto a la implementación de “salas situacionales” con equipos de inteligencia para crear verdades alternativas ̶ tergiversando la realidad ̶ y manipular la opinión pública (las llamadas “fake news” o también “post verdad”).

En las salas o mesas situacionales expertos en la materia recaban datos e información sobre el adversario político, o el pueblo en general. De una manera sistematizada y con conocimientos del comportamiento y comunicación social, construyen una falsa realidad paralela, favorable al régimen gobernante y con un propósito ligado al control del poder, lo cual constituye una manera perversa de atacar a la libertad de expresión “desde adentro”, desde la manipulación de la información. Para lograr estos fines, se llega, incluso, a permitir la injerencia de instituciones de inteligencia extranjera, como es el caso del G2 cubano en Venezuela.

En el presente tiempo histórico, la agresión más importante, ejecutada con extrema crueldad, contra la libertad de expresión en Venezuela, tiene como principal responsable al Teniente Coronel Hugo Chávez Frías; quien se dio a conocer en la vida pública como ideólogo y conductor de un sangriento golpe de Estado militar. Nicolás Maduro, el heredero político designado por Chávez, continuó esa actividad represiva sin ningún tipo de miramientos. Los más destacados líderes del principal partido de gobierno (PSUV) han apoyado con entusiasmo digno de mejor causa esta perversa estrategia política. La historia los juzgará con todo el rigor que se merecen los tiranos de los pueblos.

Edmundo F. Felipe
Profesor UCV
felipeedmundo@gmail.com