

La Ley Orgánica del Poder Público Municipal expresamente establece que el Alcalde electo tomará posesión del cargo mediante juramento ante el Concejo Municipal, en la primera sesión de cada año del período municipal o en la primera sesión del mes siguiente a su elección; si hay algún hecho sobrevenido lo puede hacer ante un juez de la circunscripción donde se ubique el municipio.
Por lo tanto, una juramentación en estos momentos, no responde estrictamente a la norma prevista en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, pues ni ha pasado un mes de la elección y menos aún, estamos en la primera sesión de un nuevo período municipal.
Claramente se establece que la juramentación válida sólo es ante el Concejo Municipal.
¿Cómo se plantea la juramentación ante la ANC?. No hay anuncios claros. ¿Importa?
Según la nota de prensa de El Nacional del 12 de diciembre de 2017, por escrito se informó a cada Concejo Municipal del país, que debían convocar a una sesión especial para este viernes, a los fines de permitir que un representante de la ANC juramente a los alcaldes electos.
La misma fuente de El Nacional señaló: “Es decir, los concejales convocarán una sesión extraordinaria para que cada constituyente vaya y juramente al alcalde electo”.[1]
Luego, el 13 de diciembre 2017, 2001 en una nota de prensa señala que mediante un Decreto Constituyente los alcaldes proclamados “deben prestar juramento ante el Poder Originario”, especificando que la juramentación “deberá celebrarse de forma conjunta en cada estado ante los constituyentes delegados, ante las autoridades estatales y del Consejo Nacional Electoral”. [2]
Por lo tanto ¿será o no en la sede del Concejo Municipal, o será entonces en un acto a nivel estadal?.
Por su parte 2001 señala que el alcalde electo del Municipio Chacao, Gustavo Duque, suspendió su juramentación al frente de la entidad luego de que no acudieran al acto los representantes de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC).
El acto fue reprogramado en la cámara municipal de Chacao y para entonces, el alcalde aprovechará la ocasión para exponer las necesidades de la entidad en materia de seguridad y servicios públicos. Su justificación es que no quiere correr ningún riesgo ni poner en duda nada.”
Los otros alcaldes opositores del área metropolitana de Caracas, señala 2001, Darwin González de Baruta y Elías Sayegh de El Hatillo han dejado entrever que se juramentarán ante sus legislativos locales con la presencia de representantes de la ANC.
La improvisación y el desprecio a un acto solemne e institucional, que además se acompaña con la indiferencia de los vecinos que son los electores. Un acto que no responde al mandato de la ley, pero ¿para qué sirve la ley si no es para estorbar?
Por fin, ¿ese acto que debía ser solmene, se realizará en el Concejo o no? ¿Cumplirá el mandato legal o será como todo, un mero acto político de una instancia que se convirtió en la migaja de la institucionalidad política venezolana?